Las Siete Partidas es un cuerpo normativo redactado en Castilla, durante el reinado de Alfonso X (1252-1284), con el objetivo de dar uniformidad jurídica al Reino. Su nombre original era Libro de las Leyes, y hacia el siglo XIV recibió su actual denominación, por las secciones en que se encuentra dividida. Las Siete Partidas constan como su nombre lo indica de siete partidas propiamente dichas, cada una contiene sus leyes respectivas. Partida I. Cuenta con 24 títulos y se ocupa de las formas de producción del Derecho y la religión católica. Partida II. Consta de 31 títulos y se ocupa de los emperadores, de los reyes y otros nobles. Su contenido es, por tanto, fundamentalmente político. Partida III. Son 32 títulos. Esta partida trata del derecho procesal (agentes judiciales, pruebas, sentencias, apelaciones, revocación y ejecución de las mismas, etc.), e incluye, con gran acopio de modelos documentales. Partida IV. Son 27 títulos que se ocupan del derecho de familia: matrimonio, causas de divorcio, filiación, tutela de menores, etc. También incluye dentro del concepto de familia, las situaciones de dependencia por razón de servicio (criados y siervos), de vasallaje o de amistad. Partida V. Cuenta con 15 títulos y habla sobre los préstamos, cambios, compras y otros contratos, así como a la forma de resolver los conflictos que de ellos se derivasen. Es la Partida que se ocupa, por tanto, del derecho civil y las obligaciones. Partida VI. Dispone de 19 títulos que se ocupan del derecho civil y las sucesiones. Más en concreto, de todo lo referente a los testamentos, herencias, desheredamiento, mandas, particiones y tutela de bienes de menores. Partida VII. Cuenta con 34 títulos y trata del derecho penal en general y de los delitos. También se considera el tema de las prisiones, tortura de presos y, lo que resulta más sorprendente, el estatuto de moros y judíos.