La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos: Estudio de su evolución, concepto y reparación a las víctimas

La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos: Estudio de su evolución, concepto y reparación a las víctimas

Esta obra analiza el concepto de desaparición forzada de personas desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos. El libro se divide en cuatro capítulos que se articulan cada uno mediante una pregunta de investigación. El capítulo I examina ¿cómo surgió y evolucionó el concepto de desaparición forzada de personas como violación al derecho internacional de los derechos humanos? Para tal fin, explora los hechos jurídicos más relevantes del siglo xx en relación con situaciones sistemáticas de desaparición y la respuesta de la comunidad internacional. El capítulo II, por su parte, establece ¿con qué instrumentos internacionales cuenta la comunidad internacional para enfrentar la lucha contra la desaparición forzada? Para ello, examina todas las disposiciones normativas, vinculantes y declarativas, que contribuyen a la lucha contra este fenómeno. El capítulo III responde a la pregunta ¿cuáles son los elementos que configuran una desaparición forzada en el derecho internacional de los derechos humanos y qué debe entenderse por víctima de desaparición? Esta sección revalúa el concepto de víctima y defiende la pertinencia de los elementos de la desaparición forzada como violación a los derechos humanos. Por último, el capítulo IV establece ¿cuáles son las modalidades de reparación para las víctimas de desaparición forzada que recoge el derecho internacional de los derechos humanos? Aquí se realiza un amplio estudio jurisprudencial de casos de desaparición forzada fallados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos, con el propósito de establecer el estándar internacional para reparar a las víctimas de esta violación. Complementa esta investigación una sección dedicada a establecer las principales conclusiones de este estudio.

  • Resumen
  • Portadilla
  • Pagina legal
  • Autor
    • Carlos Mauricio López Cárdenas
  • Lista de tablas y figuras
  • Dedicatoria
  • Abreviaturas
  • Nota preliminar
  • Agradecimientos
  • Presentación
  • Introducción
    • 1. Objeto, problemática de investigación y justificación
    • 2. Método y fuentes de conocimiento
    • 3. Alcance y delimitación temática
    • 4. Plan de la exposición
  • Capítulo I La desaparición forzada de personas en perspectiva histórico-jurídica: su origen y evolución en el ámbito internacional
    • 1. Antecedentes histórico-jurídicos de la desaparición forzada de personas
      • 1.1. Orígenes de un fenómeno con carácter universal
      • 1.2. Los desaparecidos del Tercer Reich: el Decreto Nacht und Nebel
      • 1.3. El Juicio de Núremberg: la primera condena por desaparición
      • 1.4. El Juicio de los Jueces: las desapariciones como una forma de pervertir el derecho
      • 1.5. Las desapariciones forzadas en América Latina: los gobiernos y dictaduras militares
    • 2. El papel de las Naciones Unidas en la lucha contra la desaparición forzada
      • 2.1. La antigua Comisión de Derechos Humanos: las denuncias sobre desaparición forzada en la “papelera más complicada jamás inventada” (1946-1967)
      • 2.2. La asunción de competencias por parte de la antigua Comisión de Derechos Humanos y su relación con las desapariciones forzadas: las resoluciones 1235 y 1503
      • 2.3. La Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías: los primeros estudios y propuestas contra la desaparición (1973-1980)
      • 2.4. La irrupción del fenómeno en la Asamblea General (1978): los desaparecidos como los homo sacer contemporáneos
      • 2.5. La creación del Grupo de tdfi (1980): la guerra sucia y la situación de los desaparecidos
      • 2.6. Los inicios de la institucionalización y la evolución del Grupo de tdfi: el establecimiento de un órgano cuasipermanente sobre desaparición forzada
      • 2.7. Los llamamientos urgentes: los orígenes de la acción inmediata contra la desaparición
      • 2.8. El Comité de Derechos Humanos: su papel inicial en los casos de desaparición
    • 3. La dictadura militar chilena, los desaparecidos y el desarrollo de los primeros mecanismos públicos especiales
      • 3.1. La respuesta institucional de las Naciones Unidas frente a los desaparecidos en Chile: el Grupo de Trabajo Ad Hoc (1975-1979)
      • 3.2. El relator sobre el impacto de la ayuda y asistencia económica extranjera sobre el respeto de los derechos humanos en Chile (1977)
      • 3.3. El Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para Chile (1978)
      • 3.4. El relator especial sobre la cuestión de la suerte de las personas desaparecidas o cuyo paradero se desconoce en Chile (1979)
      • 3.5. El relator especial sobre Chile (1979-1990)
    • 4. El papel de la Organización de los Estados Americanos: la respuesta del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos en la lucha contra la desaparición forzada
      • 4.1. Las primeras denuncias ante la Comisión idh: los inicios del concepto de desaparición forzada de personas
      • 4.2. La visita de la Comisión Interamericana a Argentina en 1979: la verificación del fenómeno de la desaparición
      • 4.3. Calificación de las desapariciones por parte de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos
      • 4.4. La jurisdicción ante la Corte idh: los tres primeros casos de Honduras y la construcción de una línea jurisprudencial sobre desaparición
  • Capítulo II La búsqueda de un consenso jurídico internacional contra la desaparición forzada de personas
    • 1. Instrumentos internacionales cuyas disposiciones tangencialmente coadyuvan la lucha contra la desaparición
      • 1.1. Instrumentos de carácter declarativo: los orígenes jurídicos de la construcción del régimen internacional contra la desaparición forzada
      • 1.2. Tratados internacionales: de la ductilidad de las normas a las primeras obligaciones jurídicas en contra de la desaparición
    • 2. Los primeros borradores de declaraciones y convenciones elaborados por los familiares de las víctimas y las ong
      • 2.1. El Coloquio de París de 1981: el primer acto de los familiares de las víctimas para redactar una convención internacional sobre desaparición
      • 2.2. El III Congreso Latinoamericano de Detenidos-Desaparecidos de 1982: la primera propuesta de convención internacional consensuada entre ong de diferentes países
      • 2.3. El Primer Coloquio sobre Desapariciones Forzadas en Colombia de 1986: una propuesta de declaración internacional contra la desaparición
      • 2.4. El Coloquio de Buenos Aires de 1988: propuesta final de declaración y convención internacional por parte de los familiares de las víctimas de desaparición y las ong
      • 2.5. La decantación: los acuerdos de los familiares para impulsar ante la comunidad internacional la lucha jurídica contra la desaparición
    • 3. Instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos con carácter específico sobre la desaparición forzada de personas
      • 3.1. Declaración de las Naciones Unidas sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (1992)
      • 3.2. Convención interamericana sobre desaparición forzada de personas (1994)
      • 3.3. Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2006)
  • Capítulo III Conceptualización de la desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos
    • 1. Elementos definitorios de la desaparición forzada como violación a los derechos humanos
      • 1.1. Privación ilegítima de la libertad
      • 1.2. Negativa a informar o reconocer la privación de la libertad, la suerte o el paradero del desaparecido
      • 1.3. El sujeto activo: intervención de órganos estatales y su extensión a particulares
      • 1.4. Sustracción a la protección de la ley
      • 1.5. La desaparición forzada como violación a los derechos humanos y su diferencia con otros regímenes de responsabilidad
    • 2. El concepto de víctima de desaparición forzada
      • 2.1. La necesidad del concepto de víctima de desaparición y su utilidad frente al actuar estatal
      • 2.2. Noción de víctima de desaparición forzada
  • Capítulo IV La reparación a las víctimas de desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos
    • 1. La reparación como un principio general del derecho internacional
    • 2. ¿Cómo difiere la reparación entre el derecho internacional general y el derecho internacional de los derechos humanos?
    • 3. El vínculo entre la reparación -reparation- y el acceso a un recurso efectivo -remedies-
    • 4. El derecho y las formas de reparación en los casos de desaparición forzada
      • 4.1. Restitución
      • 4.2. Indemnización
      • 4.3. Rehabilitación
      • 4.4. Satisfacción
      • 4.5. Garantías de no repetición
      • 4.6. El denominado proyecto de vida
  • Conclusiones
    • 1. Sobre el surgimiento y evolución del concepto de desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los derechos humanos
      • a) No es posible determinar con exactitud el origen de la desaparición forzada de personas como método represivo y de supresión de la oposición política
      • b) A partir de los Juicios de Núremberg y de los Jueces la desaparición forzada se considera un crimen internacional
      • c) Las desapariciones forzadas que se practicaron por parte de las dictaduras del Cono Sur americano permitieron consolidar una respuesta de rechazo por parte de la comunidad internacional
      • d) La situación de los desaparecidos permitió la creación de los primeros mecanismos de carácter extraconvencional de la onu, entre ellos, el Grupo de tdfi
      • e) La creación y el fortalecimiento de los diferentes métodos, mecanismos y procedimientos de protección de derechos humanos en la onu constituye una de las herramientas con las que cuenta la comunidad internacional en la lucha contra la desaparición forzada de personas
      • f) El concepto y los elementos de la desaparición forzada de personas como violación a los derechos humanos fueron trazados por los órganos principales del sistema interamericano de protección de derechos humanos
    • 2. Sobre los instrumentos internacionales con los que cuenta la comunidad internacional para enfrentar la lucha contra la desaparición forzada
      • a) El derecho internacional de los derechos humanos cuenta con un corpus juris amplio para enfrentar la desaparición forzada de personas
      • b) Los familiares de los desaparecidos del Cono Sur americano no solo caracterizaron los elementos definitorios de la desaparición forzada, sino que impulsaron su adopción por parte de la comunidad internacional
      • c) La carencia de una definición de desaparición forzada en la Declaración df generó un vacío jurídico que solo pudo ser superado en la Convención Internacional df
      • d) La Convención Internacional df plasmó el derecho a no ser desaparecido forzadamente y estableció el concepto de víctima y su forma de reparación
      • e) A pesar de la carencia de la fuerza obligatoria de la Declaración df, algunas de sus normas poseen efectos jurídicos vinculantes
      • f) La Convención Internacional df señala que la práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad, con lo cual se zanja la discusión que enfrentó a los redactores de la Declaración df y la Convención idf
    • 3. Sobre los elementos que configuran una desaparición forzada en el derecho internacional de los derechos humanos y el concepto de víctima
      • a) La desaparición forzada como violación a los derechos humanos se encuentra conformada por tres elementos: i) la privación ilegítima de la libertad; ii) la negativa a reconocer la privación de la libertad, la suerte o el paradero del desaparecido y iii) la intervención directa o indirecta de agentes del Estado
      • b) El primer elemento de la desaparición forzada supone la privación de la libertad, la cual puede adquirir la forma de arresto, detención o secuestro, entre otras
      • c) El segundo elemento implica la negativa a informar o reconocer la privación de la libertad, la suerte o el paradero del desaparecido, lo cual permite diferenciar la desaparición forzada de otras violaciones a los derechos humanos
      • d) El tercer elemento conlleva que el sujeto activo que realiza la desaparición sea un órgano estatal o un agente privado que actúa bajo su dirección, autorización, apoyo o aquiescencia
      • e) En el ámbito internacional, especialmente en el derecho internacional de los derechos humanos, se han establecido una serie de excepciones que permiten atribuir la conducta de los particulares al Estado, con lo cual se amplía la concepción del tercer elemento constitutivo de la desaparición
      • f) La sustracción a la protección de la ley no se considera un elemento constitutivo de la violación, sino una consecuencia de la desaparición forzada
      • g) El concepto de desaparición forzada cometida por agentes no estatales rompe la definición clásica establecida en el derecho internacional de los derechos humanos
      • h) No resulta adecuado equiparar los elementos de la desaparición forzada de personas del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho penal internacional
      • i) Debe ser superada la noción clásica de víctima directa e indirecta de desaparición forzada, con el propósito de considerar que tanto el desaparecido como sus familiares son víctimas de esta violación
      • j) Para determinar a la víctima de desaparición se deberá realizar un análisis subjetivo relacionado con la proximidad o relación afectiva que sostenía con el desaparecido
      • k) Los grupos, colectividades y, en general, la sociedad, pueden ser considerados víctimas de desaparición forzada
    • 4. Sobre las modalidades para reparar a una víctima de desaparición
      • a) En el derecho internacional de los derechos humanos se ha consolidado un derecho autónomo para que las víctimas de desaparición accedan a un recurso efectivo y puedan obtener una reparación
      • b) No es posible que una situación de reparación se ampare única y exclusivamente en la modalidad de restitución como mecanismo de reparación integral
      • c) No es posible cuantificar financieramente el dolor y el sufrimiento que ocasiona una desaparición forzada, no obstante, la indemnización es la modalidad más habitual como mecanismo de reparación
      • d) La indemnización por daños pecuniarios en situaciones de desaparición forzada fallados por el tedh se basa en una discrecionalidad difícilmente valorable
      • e) La Corte idh ha establecido -casuísticamente- una serie de parámetros que le han permitido cuantificar los daños de carácter material o pecuniario mediante el empleo del criterio de equidad
      • f) Aunque el dolor y el sufrimiento de una víctima de desaparición son los mismos respecto del daño inmaterial, su alcance y el quantum indemnizatorio difieren sustancialmente en la jurisprudencia de la Corte idh y el tedh
      • g) Los gastos procesales provenientes del trámite internacional jurisdiccional no deberían ser considerados parte de la reparación
      • h) La rehabilitación constituye una modalidad independiente de reparación para las víctimas de desaparición y debe diferenciarse de la obligación general del Estado de proporcionar asistencia y atención médica a su población
      • i) La satisfacción es una medida indispensable para reparar integralmente a las víctimas de desaparición. En ella se consolidan los derechos a la verdad y a la justicia como forma de reparación
      • j) Las garantías de no repetición cumplen una función reparadora y preventiva que tiene como objetivo fortalecer una relación jurídica entre el Estado y la víctima con el ánimo que permanezca en el tiempo
      • k) En el estado actual de desarrollo de la jurisprudencia interamericana no es posible diferenciar el daño al proyecto de vida de las demás modalidades de reparación
      • l) El derecho internacional de los derechos humanos ha logrado consolidar un verdadero estatuto jurídico para las víctimas de desaparición forzada de personas
  • Bibliografía
    • I. Obras generales
    • II. Trabajos en obras colectivas
    • III. Artículos en revistas y publicaciones periódicas
    • IV. Monografías de grado
    • V. Jurisprudencia
      • 1. Corte Permanente de Justicia Internacional
      • 2. Corte Internacional de Justicia
      • 3. Jurisprudencia Penal Internacional
      • 4. Laudos arbitrales
      • 5. Corte Interamericana de Derechos Humanos
      • 6. Tribunal Europeo de Derechos Humanos
      • 7. Jurisprudencia nacional
    • VI. Decisiones de otros órganos de control de derechos humanos
      • 1. Comité de Derechos Humanos de la onu
      • 2. Comité contra la Tortura de la onu
      • 3. Comisión Interamericana de Derechos Humanos
      • 4. Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
    • VII. Tratados internacionales
      • 1. Universales
      • 2. Regionales
    • VIII. Instrumentos internacionales de carácter declarativo
      • 1. Universales
      • 2. Regionales
      • 3. En el ámbito de otras entidades u organizaciones
    • IX. Documentos de la Organización de las Naciones Unidas
      • 1. Consejo de Seguridad
      • 2. Asamblea General
      • 3. Consejo Económico y Social
      • 4. Consejo de Derechos Humanos (incluye los procedimientos especiales)
      • 5. Comisión de Derechos Humanos (incluye los procedimientos especiales)
      • 6. Comisión de Derecho Internacional
      • 7. Congreso sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente
    • X. Otros documentos
      • 1. Resoluciones de la Asamblea General de la oea
      • 2. Información de prensa
      • 3. Normas de carácter nacional
      • 4. Otros documentos
  • ANEXOS
  • Anexo I Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
  • Anexo II Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas
  • Anexo III Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

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